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¿Cómo pueden beneficiarse los sectores con la Ley de Leasing?


El Leasing o arrendamiento es un contrato de renta que incorpora una opción de compra a favor del arrendatario el cual puede optar al final del contrato a adquirirlo por un valor residual. No todos los contratos de alquiler con opción de compra se consideran arrendamiento financiero, para que sea considerado como tal deben acordar entre ambas participantes del contrato que el arrendatario se quede con el bien al finalizar el plazo ejerciendo la opción a compra.

 

El principal atractivo de estos contratos es que jurídicamente son calificados como alquiler y desde el punto de vista financiero se tratan como una compraventa. Mantiene libre la capacidad de endeudamiento del arrendatario y ayuda en la disminución en el valor de los impuestos a pagar. Parte del beneficio del leasing es que el bien es utilizado durante el tiempo que está vigente. Por lo tanto, evita el uso de bienes obsoletos, este es flexible en plazos, cantidades y acceso a servicios.

 

Luego de la entrada en vigencia del Decreto 2-2021 Ley de Leasing en Guatemala el pasado 2 de junio podrá aumentar la participación en la cartera y operaciones hasta en Q15 mil millones para los diferentes agentes económicos que la utilicen como una herramienta. El leasing generará dinamismo en las operaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas que no cuentan con el capital de trabajo para la adquisición directa de bienes muebles o inmuebles.

 

Hay sin duda posiciones positivas para todos los sectores productivos, y uno de los que será beneficiado será el de la construcción, sobre todo en el tema de la vivienda de interés social. Existirán más personas con oportunidades para obtener una unidad habitacional, al mismo tiempo se brinda certeza al sector financiero y desarrollador, en el sentido que si una persona incumple existen mecanismos efectivos que permiten recuperar el activo. Esto creará dinamismo y oportunidad en el sector, así como desarrollo colectivo.

 

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El sector industrial será sin duda uno de los grandes beneficiarios, especialmente las PyMES que no cuentan con una gran cantidad de activos o patrimonio. Los bienes que son sujetos al arrendamiento son productivos por lo que apoyan a la reactivación económica.

 

Según estadísticas del Ministerio de Economía en Guatemala de las 372,779 empresas, el 88.73% son microempresas; el 9.76% son pequeñas; 1.08% medianas; y el restante 0.43% son grandes empresas, por lo que el leasing ofrece un gran atractivo y beneficio para la económica local.

 

Es importante aclarar que todos los sectores productivos serán beneficiados por esta ley ya que los recursos podrán ser utilizados para financiar la compra de activos. De acuerdo con análisis preliminares de la Gremial de Leasing, este mismo año fiscal, podría presentar un crecimiento del 150% en las operaciones. En EE. UU., el 80% de los bienes se adquieren por la vía de leasing, pero en Guatemala no se alcanza aún al 5% según nota publicada en Prensa Libre con fecha 8 de mayo del 2021.






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